Carabobo: Lacava aplicará Ley que prohibe dejar excrementos de mascotas en lugares de esparcimiento

Desde el pasado 28 de enero la Gobernación de Carabobo prohibió que los propietarios de animales dejen excrementos de sus mascotas en lugares de esparcimiento y sitiospúblicos. La medida se aplica mediante la Ley de Convivencia Ciudadana del estado Carabobo, sancionada por el CLEC.

De acuerdo a lo establecido por el artículo 45 de la mencionada Ley, sobre las infracciones relativas a la tenencia de mascotas y otros animales domésticos, establece que «se prohíbe que los animales domésticos realicen sus deposiciones, defequen o depositen sus excrementos sobre las aceras, zonas verdes, terrazas, veredas y cualquier espacio destinado al paso o estancia de los ciudadanos».

Multas a propietarios de animales domésticos

Los infractores de esta ley serán sancionados con una multa de tres mil unidades tributarias (UT) lo que equivale a 900 mil bolívares. Estos deberán además realizar trabajos comunitarios. Se recomienda que los dueños recojan en bolsas pláticas los excrementos, los desechen en los lugares dispuestos para ello y limpien la zona.

En cuanto a la tenencia de mascotas el artículo 42 establece que los propietarios están obligados a proporcionarles alimentación, atención sanitaria, alojamiento de acuerdo a las exigencia de la especie y condiciones impuestas por las normas de protección animal.

El articulo 43 hace referencia a la tenencia condicionada de perros u otros animales domésticos con circunstancias higiénicas adecuadas a su alojamiento y prohíbe la cría de animales salvajes o no domésticos en áreas residenciales.

En el Parágrafo Primero se indica que: «En caso de la existencia de animales no domésticos o animales salvajes en vivienda urbana, deberán ser entregados inmediatamente a los organismos competentes».

En el Parágrafo segundo se establece que: «Los perros guardianes de viviendas, comercios, solares, obras, jardines, entre otros, que cumplan las disposiciones contenidas en las leyes especiales, deberán estar bajo vigilancia de sus dueños o personas responsables y en cuyo caso, colocados en recintos donde no puedan causar daño a personas».

Otro artículo importante en esta ley es el No. 44 el cual reza que las mascotas deberán circular bajo la estricta vigilancia de su propietario con su respectivo collar y correa. Aquellos que sean o puedan ser peligrosos deberán utilizar bozal.

Los infractores de estos artículos serán sancionados con una multa de tres mil unidades tributarias  y la realización de alguno de los trabajos comunitarios.

La ley de Convivencia Ciudadana de Carabobo consta de 86 artículos. Fue aprobada por el Consejo Legislativo en diciembre del año pasado, y promulgada en Gaceta Oficial Extraordinaria Número 6560 del 28 de diciembre de 2017. Todas las multas deberán pagarse en 15 días, de lo contrario la acción será penada. #Con Información de PrensaGobernación 3SNNV #14Feb #VenprensaInforma

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