En una nota de prensa del TSJ, señala que «el ciudadano Arli Méndez Terán será sometido a un nuevo juicio oral y público, toda vez que la representante legal de la víctima no tuvo derecho a actuar de manera continua en el juicio oral y hacer valer sus derechos como parte querellante, debiendo conocer otro tribunal de juicio, quien deberá dar cumplimiento al fallo aquí decretado, todo de conformidad con el artículo 442 y 175 del Código Orgánico Procesal Penal».
La Corte de Apelaciones decretó con lugar de apelación de autos ejercido por la abogado, María Alejandra Poleo, en su carácter de apoderada judicial del ciudadano David Vallenilla, padre del fallecido, en su carácter de víctima indirecta, en el presente caso. #SNNV #1Oct #VenprensaInforma
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