Sentencia de la Corte Internacional de Justicia ordena a Venezuela y Guyana no agravar disputa por el Esequibo

La Corte Internacional de Justicia ordenó a Venezuela y Guyana abstenerse de realizar acciones que puedan agravar la disputa por el territorio Esequibo, pero no pidió suspender el referendo consultivo que será celebrado este domingo.

Joan E. Donoghue, presidenta de la Corte Internacional de Justicia, durante la lectura del veredicto sobre la solicitud de medidas provisionales por parte de Guyana contra el referendo sobre el territorio Esequibo.

Joan E. Donoghue, presidenta de la Corte Internacional de Justicia, durante la lectura del veredicto sobre la solicitud de medidas provisionales por parte de Guyana contra el referendo sobre el territorio Esequibo.

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ordenó el viernes a Venezuela y Guyana abstenerse de llevar a cabo acciones que pudieran agravar la disputa por el Esequibo, territorio que ambos países consideran suyo, pero no pidió suspender el referendo consultivo que Venezuela celebrará este domingo.

La CIJ dictó medidas provisionales al concluir que existe un “riesgo de perjuicio irreparable” al derecho «plausible» de Guyana antes de que dicte su decisión final sobre la validez del Laudo Arbitral de 1899 que cedió el territorio a Gran Bretaña, que en ese entonces mantenía a Guyana como colonia.

En la sentencia, la CIJ aseguró que Guyana «administra y controla» el territorio en disputa e insistió en que Venezuela debe “abstenerse de cualquier acción que modifique tal situación” hasta tanto se produzca una decisión final sobre la controversia.

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El gobierno del presidente Nicolás Maduro promueve un referendo para consultar a los venezolanos si están de acuerdo en no reconocer la CIJ para resolver la controversia territorial y si aprueba anexar la Guyana Esequiba, territorio en disputa de unos 160.000 kilómetros cuadrados, como un estado e incorporarlo al mapa de territorio venezolano.

A finales de octubre Guyana presentó la solicitud de medidas provisionales por considerar que Venezuela no debe celebrar el referendo hasta que la CIJ se pronuncie sobre los temas de fondo para determinar si el Laudo Arbitral de 1899 es válido.

El Estado venezolano solicitó rechazar la solicitud y advirtió que “nada evitará la realización del referendo previsto para el 3 de diciembre”. Guyana argumentó que el referendo busca obtener respaldo popular para rechazar la jurisdicción de la CIJ en la disputa territorial y, tras la consulta, anexar el territorio en disputa por la fuerza.

La jueza Joan Donoghue, presidenta de la CIJ, reiteró, al leer la sentencia, que las órdenes con medidas provisionales “tienen efecto vinculante” y por lo tanto “crean obligaciones jurídicas internacionales”.

Especialistas han reiterado que el Estado venezolano también pudo haber presentado una petición de medidas provisionales para solicitar que Guyana deje de explotar recursos en el Esequibo.

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Venezuela, que tiene hasta abril del 2024 para presentar una contra memoria, no reconoce el mecanismo judicial como medio de resolución de la histórica controversia y sostiene que el Acuerdo de Ginebra es el “único instrumento válido” para resolverlo.

En 1966 se firmó el acuerdo para dirimir el centenario conflicto sobre la soberanía, luego de que Venezuela consideró nulo e írrito el Laudo Arbitral de París de 1899.

En 2018, Guyana acudió unilateralmente CIJ, principal órgano judicial de la Organización de Naciones Unidas (ONU) para pedir resolver el diferendo que, en 2020, se declaró “competente” para examinar la disputa fronteriza, lo que ha sido objetado por Venezuela. Con Información e Imagen del aliado informativo; la Voz de América (VOA)  #SNNV – #1Dic  #VenprensaInforma

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