TPP-11 ¿De qué se trata el acuerdo comercial que une a 10 países del Océano Pacífico?

Firmado en febrero del 2018, este tratado de libre comercio -el tercero más grande del mundo- determina rebajas arancelarias para 11 países del Asia-Pacífico, considerando también materias laborales, de género y medioambientales. La ratificación de este acuerdo a nivel local ha sido promovida como una oportunidad para potenciar el ingreso de productos chilenos a grandes mercados internacionales. Sin embargo, también existen voces críticas que alertan sobre una pérdida de soberanía y la perpetuación de nuestra matriz económica. Especialistas de la Universidad de Chile presentan sus visiones sobre sus alcances

Tras más de cuatro años de tramitación, el Congreso pondría en tabla el Acuerdo Transpacífico de Cooperación Económica, más conocido como TPP-11, sin embargo ayer se aplazó su votación. Este es el tercer Tratado de Libre Comercio más grande del planeta, tras el CETA (entre Canadá y la UE) y el USMCA (Canadá, Estados Unidos y México) y está integrado por 11 países del Asia-Pacífico: Australia, Japón, Singapur, Vietnam, Brunei Darussalam, Canadá, Malasia, México, Nueva Zelanda, Perú y Chile.

El acuerdo, de acuerdo a sus promotores, permitirá el ingreso de productos chilenos con arancel cero a mercados que suman más de 500 millones de personas. Los sectores más beneficiados serían el agrícola, pesquero, lácteos y carnes, y el forestal. También abarca materias laborales, de género y medioambientales. Aun así, pese a los beneficios que eventualmente traería, su posible ratificación tiene numerosos detractores.

El abogado Jaime Gallegos, director del Departamento de Derecho Económico de la Facultad de Derecho de la U. de Chile, explica cuáles serían sus beneficios. “Fundamentalmente, apuntan a la profundización del acceso a algunos Estados con los cuales, si bien se tiene en vigor previamente tratados de libre comercio, tienen cerradas algunas áreas, que -como resultado del CPTPP- se abren; el potencial aprovechamiento de reglas de origen que permitan encadenamientos productivos entre los Estados Parte; la conformación de un régimen común que permita a los exportadores y las exportadoras un mejor aprovechamiento de economías de escala, y no tener que estar atendiendo a las reglas puntuales de cada acuerdo bilateral. Además, da una señal a los inversionistas extranjeros de que no va a haber un cambio radical de régimen que ha venido promoviendo Chile desde el retorno a la democracia”.

¿Le conviene al país ratificar el tratado?

La académica y directora del Instituto de Estudios Internacionales (IEI) de la U. de Chile, Dorotea López, dice que en los acuerdos comerciales existe una mezcla de urgencia por firmarlos y “una posterior amnesia” que los convierte en hitos políticos más allá de su papel como instrumentos comerciales.

“En mi opinión, las críticas y las bondades del acuerdo han sido exageradas y se han prestado a una desinformación importante en la materia. El TPP-11 se ha convertido en una bandera de lucha política más que de transformación económica, lo que le ha asignado más competencias de las que tiene. Chile ha reafirmado su compromiso de integración con el mundo en diferentes foros, como en la Organización Mundial del Comercio, en el Foro APEC, en su trabajo en la Alianza del Pacífico y sus estrategias bilaterales con los TLC con Brasil y Ecuador, por lo cual me parece que firmar o no el Tratado no debe significar que haya una interpretación de un giro hacia una política autárquica”, comenta.

El TPP original promovido por Estados Unidos fue objeto de muchas críticas. Ese instrumento se firmó en febrero de 2016, pero cuando Donald Trump manifestó que Estados Unidos se retiraba, Chile en marzo de 2017, durante el Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet, convocó a los Estados Parte y a otros a Viña del Mar para analizar el escenario tras la decisión de Estados Unidos. A partir de una serie de negociaciones de los 11 Estados restantes, se reformuló el acuerdo, dejando sin efecto varias disposiciones controvertidas (fundamentalmente en materia de propiedad intelectual) y se firmó en febrero de 2018 un nuevo acuerdo.

“Este nuevo acuerdo no contempla varios asuntos que se han reparado. Lo fundamental es revisar el texto que se está sometiendo a discusión del Congreso en el boletín 12195-10”, dice el profesor Gallegos. “Las críticas son muchas, muy variadas y algunas sin sustento en los textos, por eso es difícil hacerse cargo bajo el término global de ‘las críticas’”, agrega.

La profesora López, por su parte, advierte que considerando el momento de particular incertidumbre, y con la compleja situación económica que se vive a nivel internacional, parece más relevante debatir cómo utilizar los instrumentos ya existentes y “tomarnos plazos razonables para digerir los capítulos que generan más controversia. Realizar operaciones mecánicas es completamente innecesario, y sería negar los cambios políticos”, dice.

“Considero muy importante revisar y darles pedagogía a los acuerdos ya suscritos, que incluso muchos empresarios no han podido aprovechar por diversas razones. Por ejemplo, los ya existentes con todos los países del TPP-11. Finalmente, el objetivo es lograr diversificar la canasta productiva que continúa anclada en el cobre y agregar valor. Es aquí donde debería estar la discusión y el debate con altura de miras”

Directora del IEI.

Side Letters: Liberación de algunas obligaciones

El mecanismo por esencia para sustraerse de alguna obligación dispuesta por el acuerdo es presentar una reserva al mismo, en los términos de la Convención de Viena de Derecho de los Tratados de 1969 que está en vigor. Sin embargo, algunos tratados no admiten reservas, y por eso se ha creado la figura de las cartas laterales, que tiene por objetivo marginar algunas disposiciones o capítulos de un acuerdo. “De contar con la venia de los otros Estados parte, Chile podría marginarse de quedar obligado en ciertos asuntos, con lo cual se podría excluir, potencialmente, del régimen de solución de controversias de inversionistas con el Estado, de acuerdo con el régimen del CPTPP”, explica el profesor Gallegos.

Las cartas adjuntas se usan hace mucho en los diferentes acuerdos comerciales preferenciales con distintos objetivos. En este caso, la propuesta, que ya ha sido utilizada por Nueva Zelanda con 5 países del Tratado, busca excluir el Sistema de Solución de controversias entre los inversionistas privados y el Estado. Sobre este punto, existen diversas aproximaciones, según explica la profesora Dorotea López.

Un primer enfoque es excluir por completo el derecho de un inversor a utilizar el Sistema. Esto se puede ver en las cartas al margen de Perú y Australia. El segundo enfoque, adoptado en las tres cartas complementarias restantes, es más complejo y prevé la resolución de disputas por etapas. En caso de disputa, un inversionista debe hacer una solicitud por escrito para consultas y negociaciones, describiendo brevemente los hechos relacionados con las medidas en cuestión. El Estado y el inversionista intentarán entonces resolver la disputa de manera amistosa dentro de seis meses mediante el uso de procedimientos de terceros no vinculantes, incluidos los buenos oficios, la conciliación y la mediación. De lo contrario, la disputa puede someterse a arbitraje, en conformidad con el Capítulo 9 del TPP, siempre que el Estado consienta. Las cartas son flexibles y por eso deben ser dialogadas entre las partes para también deben llegar a un consenso sobre lo que sucede con los acuerdos previamente suscritos. Con Información e Imagen de prensa U- de Chile– #SNNV – #30Sep  #VenprensaInforma

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